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Jaime Santoyo Castro

Cuando la fe pública se vuelve discrecional

Cuando la fe pública se vuelve discrecional

Jaime Santoyo Castro.

El notario no es un servidor público común ni un cargo de confianza política. Es un profesional del derecho investido de una función pública técnica, cuya principal misión es otorgar certeza jurídica a los actos más trascendentes de la vida social.

Jaime Santoyo Castro
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22 de diciembre 2025

La reforma a la Ley del Notariado del Estado de Zacatecas obliga a una reflexión profunda, no desde la óptica de un gremio, sino desde el interés general y la defensa de la seguridad jurídica. Lo que está en juego no es un procedimiento administrativo ni una prerrogativa profesional: está en juego la fe pública, uno de los pilares más delicados del Estado de Derecho.

El notario no es un servidor público común ni un cargo de confianza política. Es un profesional del derecho investido de una función pública técnica, cuya principal misión es otorgar certeza jurídica a los actos más trascendentes de la vida social: la propiedad, la familia, la herencia, el crédito, la empresa. Por esa razón, el acceso al notariado ha sido sujeto a estrictos requisitos de mérito, formación previa y evaluación objetiva, alejándolo de decisiones discrecionales y de compromisos políticos.

La reforma rompe con esos principios al permitir la designación directa de notarios por parte del titular del Poder Ejecutivo sin cumplir con los requisitos antes señalados,  y los así designados quedan comprometidos a servirle al que los designó, eliminando su independencia.

Más preocupante aún es que la reforma elimina requisitos formativos esenciales. Se suprime el paso de que el o la interesada adquiera previamente la calidad de aspirante, que implica un año de prácticas en una notaría y un examen de conocimientos para poder participar en una convocatoria a una plaza de notario en examen por oposición; y lo más absurdo e inaceptable es que se permite que la capacitación ocurra después de otorgada la patente. Es decir, primero se concede la fe pública y luego se aprende a ejercerla. Este diseño normativo invierte la lógica más elemental de cualquier función especializada. Nadie aceptaría que un médico, un maestro o un auditor empiece a ejercer sin haber demostrado previamente su competencia. Con el notariado debería ser exactamente igual.

Se ha dicho que la reforma busca agilizar el servicio notarial y responder a una mayor demanda social. Sin embargo, no se presentó ningún estudio técnico serio que demuestre que el problema radique en el número de notarios. La lentitud en los trámites puede obedecer a múltiples factores: deficiencias en los registros públicos, cargas burocráticas excesivas, falta de digitalización o problemas de coordinación institucional. Reformar una institución sin diagnóstico es legislar a ciegas.

El proceso legislativo tampoco ayudó a disipar las dudas. Durante la discusión en lo general, ninguna diputada ni diputado subió a tribuna para defender la iniciativa. Ni siquiera quienes la suscribieron o dictaminaron. En contraste, hubo votos en contra razonados de parte de los legisladores del PRI, del PAN y del PT;  sustentados en argumentos jurídicos y en la defensa del interés social. Ese silencio es revelador: No había modo de justificar lo injustificable, pues una reforma de esta magnitud debería poder sostenerse con razones claras, públicas y verificables.

El mayor riesgo de esta reforma es la politización del notariado. La figura del “notario del sexenio”, designado por cercanía al poder y no por mérito, es una práctica que México ha intentado dejar atrás. Revivirla debilita la confianza ciudadana, incrementa el riesgo de actos defectuosos y expone al Estado a litigios y responsabilidades patrimoniales.

Modernizar el servicio notarial es necesario. Agilizar trámites también. Pero nada de eso justifica debilitar los principios que garantizan la certeza jurídica. La seguridad jurídica no se construye con atajos, sino con instituciones sólidas, profesionales e independientes.

Por eso, más allá del debate político, esta reforma merece una revisión seria. La fe pública no admite improvisaciones. Cuando se debilita, no pierde un gremio: pierde la sociedad entera porque los documentos notariales que respondan a los principios aquí enunciados, son reconocidos en todos los estados y producen en ellos los mismos efectos probatorios, ejecutivos y constitutivos de derechos y obligaciones que en su lugar de origen y los que devengan de notarios impuestos no tendrán la misma credibilidad.

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