La CURP con fotografía

Pretenden incluir datos biométricos de cada uno de los mexicanos.

El documento de clave única de registro de población (CURP), es un código único de identidad de 18 caracteres utilizado para identificar oficialmente tanto a residentes como a ciudadanos mexicanos en todo el país.

Con la noticia de que este documento contará con fotografía y más aún, con datos biométricos de cada persona, cambia el sentido y tendrá valor como medio de identificación personal ante todas las autoridades mexicanas sea dentro y fuera del país o en el extranjero.

Mucho se ha referido que los datos biométricos son las propiedades físicas, fisiológicas, de comportamiento o rasgos de la personalidad, atribuibles a una sola persona. Con ello, en mayor o menor medida, son universales, únicos, permanentes y medibles, según la Comisionada Josefina Román Vergara, Comisionada del INAI y experta en protección de los datos personales.

Los datos biométricos que se pretenden incluir en la CURP son huella digital, (reconocimiento facial), retina, iris, geometría de la mano y/o de los dedos, estructura de la vena de las manos, forma de las orejas, piel o textura de la superficie dérmica, el ADN, composición química del olor corporal y el patrón vascular, pulsación cardiaca entre otros.

Así también, entre los datos biométricos que vinculan a las características del comportamiento, se encuentran la forma enunciativa, la firma autógrafa, la escritura, la voz, la forma de oprimir un teclado y la forma de caminar.

Con todo lo anterior, el 25 de septiembre de este año, las Comisiones Unidas de Gobernación y Estudios Legislativos del Senado de la República, aprobaron el dictamen de iniciativa con proyecto de decreto. Dicha propuesta establece que el registro nacional de ciudadanos y la expedición de la CURP con foto, son servicios de interés público que presta el Estado, a través de la Secretaría de Gobernación y las y los mexicanos tienen la obligación de inscribirse en este registro de CURP con fotografía.

Sin embargo, se deja abierta la posibilidad de que el responsable trate otros datos biométricos como los ya señalados que no están citados en la Ley lo que deviene en una falta de claridad, situación que eventualmente podría vulnerar la finalidad de la Ley de Protección de Datos Personales.

Además, dicha iniciativa abre la posibilidad de recolectar datos biométricos de personas menores de 18 años, teniendo en cuenta que, con estas nuevas atribuciones otorgadas a la Secretaría de Gobernación, se otorga la posibilidad de concentrar en una sola dependencia del poder ejecutivo federal, datos e información biométrica de la población mexicana lo que conllevaría posiblemente a una vigilancia biométrica.

La protección de los datos personales es una garantía constitucional con la que contamos los mexicanos, debemos ser nosotros los vigilantes de que nuestros datos más íntimos y privados se mantengan así, no por una omisión sino a la luz de cuidar lo más importante que tenemos que es la libertad de elección.

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