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Opinión

Juicio político

Juicio político

Opinión Jaime Casas Madero

No hay antecedente de un juicio político que se haya hecho a algún funcionario estatal de esa jerarquía en los últimos 50 años. 

Jaime Casas Madero
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2 de mayo 2023

Sin duda, que otro de los acontecimientos que han trascendido y serán noticia en el ámbito local y que seguramente estará de igual forma en el plano nacional, es el conflicto que enfrenta la titular de la secretaria de educación del Gobierno del Estado de Zacatecas y la LXIV legislatura del Estado.

No hay antecedente de un juicio político que se haya hecho algún funcionario estatal de esa jerarquía en los últimos 50 años.  Ello, sin duda, deteriora la imagen institucional del Gobierno del Estado, pues políticamente se están interpretando varias circunstancias que ponen en duda la operatividad política de una administración Estatal, que no ha tenido, hasta el momento, los funcionarios de primer nivel que den muestra de talento y oficio político para evitarle estos problemas al Gobernador del Estado, David Monreal Ávila.

Las causas y/o razones que dieron origen a este “juicio Político” en verdad son patéticas, pues no hay razones de fondo o como lo señala el  inciso I del artículo 151 de la Constitución Política del Estado libre y Soberano de Zacatecas y que literalmente dice “…..se impondrá mediante juicio político , las sanciones de destitución e inhabilitación  para desempeñar funciones, empleos , cargos o comisiones, a los servidores públicos en el ejercicio de sus funciones incurran en actos u omisiones que redunden en perjuicio de los intereses públicos fundamentales…”.

Si recordamos el conflicto se originó, según la información que hemos obtenido por los medios de comunicación locales, cuando la Secretaria de Educación, sin saber porque razón, no asistió el día y la hora que fue citada para su comparecencia a la Cámara de Diputados Local, a efecto de dar cumplimiento a la glosa derivada del informe que dio el Ejecutivo del Estado en el mes de Septiembre.

Pero lo curioso del asunto, es que ella, dijo que sí había estado en el recinto legislativo, y particularmente en el estacionamiento y al ver que nadie la recibió, optó por retirarse del lugar, lo que con posterioridad fue desmentido por los diputados con las grabaciones en video que fueron públicamente exhibidas y donde, no se observa a la Secretaria estar en el lugar en el que dijo que había estado. En fin, cosas de dimes y diretes.

Todo ello originó que los diputados ante tal incumplimiento de la Secretaria de Educación, aunado al descuido y más que ello, la falta de oficio político de quien era responsable de la política interna debía evitar que ello escalara al grado que hoy se encuentra.

Derivado de lo anterior y con el ingrediente de la pluralidad con la que se conforma este órgano legislativo, la comisión de instrucción de la  LXIV Legislatura, implementó el juicio político en contra de la funcionaria estatal por la presunción de desacato a las normas constitucionales en materia de rendición de cuentas y  al  incumplimiento de sus responsabilidades de asistir a las sesiones ordinarias de la legislatura  correspondiente a la primera quincena de octubre de cada año, a la glosa del informe a la que están obligados los titulares de las dependencias de la administración pública estatal y demás organismos autónomos, según lo prevé el artículo 92 de la ley orgánica del Poder Legislativo del Estado.

Como se visualiza el caso, de acuerdo al cumplimiento de las normas jurídicas, se antoja la proyección de al menos tres escenarios probables y se debe procurar, con oficio y madurez política, el que menos dañe a la administración pública, al desarrollo de Zacatecas y al gobernador David Monreal Ávila.

Los escenarios posibles son los siguientes, en términos del cumplimiento de las normas constitucionales: Primero, la instauración del juicio político, la inhabilitación de la funcionaria (por lo tanto, su renuncia inmediata) y el fincamiento de responsabilidades administrativas.

Segundo: No procede el juicio político, pero sí el fincamiento de responsabilidades administrativas, conforme al artículo 40 (inciso III) de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas. Este hecho implica la renuncia de la funcionaria, pero quedan salvados sus derechos políticos.

Tercero: Este escenario implica la salida pactada, con el acuerdo de renuncia de la funcionaria, en donde se evita su inhabilitación y quedan a salvo sus derechos políticos.

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