Las transiciones del Poder Legislativo en Zacatecas 1998

Hubo cambios importantes a partir de la reorganización del Poder Legislativo, en el periodo de la LVI Legislatura (1998-2001).

El Poder Legislativo en el Estado ha estado inmerso en procesos de cambio y reorganización desde se establecimiento en 1823, el cual se instituyó sobre las bases de la Constitución de Cádiz de 1812. Los posteriores acontecimientos de los procesos políticos, luego de haberse establecido ésta, siempre han repercutido en la reorganización del Congreso. En la época moderna de los hitos de reforma y cambio, con el inicio reciente de la reorganización del Poder Legislativo, que podemos ubicar a partir de la LVI Legislatura (1998-2001). En ella confluyó por primera vez la alternancia política y el quiebre del Partido hegemónico (PRI). Había una oscilación hegemónica con una nueva fuerza política (PRD); el Poder Legislativo en los albores del siglo XXI, entraba en un nuevo ciclo como institución cogobernante y como uno de los ejes centrales del sistema político local.

En este periodo la reforma y reorganización política-legislativa era prioritaria. La reforma a la Ley Orgánica de 1998, estableció dos comisiones de gobierno (la Comisión de Régimen Interno y Concertación Política y la Comisión de Patrimonio Planeación y Finanzas), la primera conducía la relaciones políticas y los acuerdos internos del Poder Legislativo; y la segunda, era la comisión que administraba las finanzas internas del citado poder y organizaba su aparato burocrático, las encabezaron los coordinadores y subcoordinadores de cada grupo parlamentario y la presidencia de ambas comisiones era rotativa, renovándose cada seis meses. Esta nueva estructura de gobierno en el Poder Legislativo sustituyó a la Gran Comisión, que era representada por el grupo parlamentario mayoritario. Su duración era por el tiempo que durara la legislatura (por 3 años).

La reorganización normativa se centró en los siguientes temas: se actualizo la denominación de comisiones legislativas (se creó la comisión de equidad entre los géneros y la de asuntos migratorios y tratados internacionales), se actualizó constitucionalmente lo relativo a las responsabilidades de los servidores públicos, el juicio político y la declaración de procedencia; se faculta por primera vez al Poder Legislativo para ratificar los nombramientos de Procurador General de Justicia (ahora Fiscal General); integrantes de la Comisión de Derechos Humanos y del Tribunal de lo Contencioso Administrativo (ahora Tribunal de Justicia Administrativa). La prioridad fue modificar el acceso y rotación del ejercicio del poder, y la toma de las decisiones dentro de la Legislatura del Estado. Ello significaba asumir el control del presupuesto interno (manejado antes por el Poder Ejecutivo a través de la Secretaría de Finanzas), la estructuración administrativa y la agenda legislativa. Sin embargo, la estructura administrativa no cambió. La organización interna descansaba sobre las siguientes direcciones administrativas: la Oficial Mayor, la Dirección de Asuntos Jurídicos y la Dirección de Asuntos Financieros, sobre estas giraban unidades administrativas que conjuntamente constituían la administración interna del Poder Legislativo del Estado de Zacatecas.

A partir de la LVI Legislatura y bajo una lógica de construcción de mayorías, los procesos de transición y reforma interna del Poder Legislativo ha girado en torno a lograr la gobernabilidad legislativa y la concreción de una agenda legislativa institucional.




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