
Eduardo Ruiz-Healy.
El Artículo 39, Fracción 1 del Código Fiscal de la Federación señala: “Artículo 39 .- El Ejecutivo Federal, mediante resoluciones de carácter general podrá: Condonar o eximir, total o parcialmente, el pago de contribuciones y sus accesorios, autorizar su pago a plazo, diferido o en parcialidades, cuando se haya afectado o trate de impedir que … Leer más
El Artículo 39, Fracción 1 del Código Fiscal de la Federación señala: “Artículo 39 .- El Ejecutivo Federal, mediante resoluciones de carácter general podrá: Condonar o eximir, total o parcialmente, el pago de contribuciones y sus accesorios, autorizar su pago a plazo, diferido o en parcialidades, cuando se haya afectado o trate de impedir que se afecte la situación de algún lugar o región del país, una rama de actividad, la producción o venta de productos, o la realización de una actividad, así como en casos de catástrofes sufridas por fenómenos meteorológicos, plagas o epidemias.”.
El Artículo 146-A del mismo Código dice: “La Secretaría de Hacienda y Crédito Público podrá cancelar créditos fiscales en las cuentas públicas, por incosteabilidad en el cobro o por insolvencia del deudor o de los responsables solidarios”.
Y el Artículo 146-B anota: “Tratándose de contribuyentes que se encuentren sujetos a un procedimiento de concurso mercantil, las autoridades fiscales podrán condonar parcialmente los créditos fiscales…”.
Lo que anota el Código es importante para entender las tres bases de datos que la ONG difundió el martes pasado en donde aparecen los nombres de todas las personas y empresas a quienes les condonaron y cancelaron impuestos entre 2007 y 2019.
Muchos de los que figuran en esas bases de datos, especialmente quienes son o fueron servidores públicos, deberían explicar por qué fueron beneficiados por los gobiernos de Felipe Calderón, Enrique Peña y Andrés Manuel López Obrador.
También deberían explicar sus decisiones de condonar o cancelar impuestos los que fueron secretarios de Hacienda durante el período considerado: Agustín Carstens, Ernesto Cordero, José Antonio Meade, Luis Videgaray, José Antonio González Anaya, Carlos Urzúa (2017-2018) y el actual, Arturo Herrera.
Asimismo, quienes fueron los directores generales del Servicio de Administración Tributaria: José María Zubiría Maqueo, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, Aristóteles Núñez, Osvaldo Santín y la actual, Margarita Ríos-Farjat.
Todos ellos están obligados a explicarnos a los mexicanos las razones por las cuales decidieron privar al erario de una cantidad tan impresionante de dinero.
La base de datos de Condonaciones y Cancelaciones 2015-2019 incluye los nombres de 99 307 personas morales y físicas, a quienes se les condonó o canceló el pago de un total de 266 790 129 283.07 pesos.
La base de datos de Condonaciones 2007-2015 contiene los nombres de 9942 causantes, físicos y morales, que en conjunto no tuvieron que pagar 172 335 775 366 pesos.
Y la base de datos de Cancelaciones 2007-2015 identifica a 23, 006 personas físicas y morales, a quienes se les cancelaron impuestos por un total de 572 743 273 583 pesos.
De 2007 a este año las arcas públicas dejaron de percibir poco más de un billón de pesos, 1 011 869 178, 232 para ser exactos.
Solo en lo que va del actual gobierno se le condonaron y cancelaron impuestos por un monto de 7 005 988 046.21 de pesos a 1957 causantes.
Insisto: los funcionarios y exfuncionarios arriba nombrados deben explicar y justificar sus decisiones. Sería excelente que comparecieran ante el Congreso y declararan ante la Unidad de Inteligencia Financiera de la SHCP.
*Twitter: @ruizhealy