Logo Al Dialogo
Opinión

La difícil tarea de extinguir un organismo autónomo

La difícil tarea de extinguir un organismo autónomo

Opinión Nubia Barrios

La reforma constitucional que aprobó la extinción de siete organismos autónomos en México se formalizó en diciembre de 2024. 

Nubia Barrios
|
6 de noviembre 2025

La extinción de un organismo autónomo implica la reorganización de sus funciones, que son absorbidas por otras dependencias del gobierno federal o estatal. Esta medida busca, según sus impulsores, adelgazar la burocracia y optimizar los recursos. La reforma constitucional que aprobó la extinción de siete organismos autónomos en México se formalizó en diciembre de 2024.

El proceso, más allá de los procesos que evidentemente implican la reforma constitucional, la absorción de funciones, la fusión de organismos, así como su formalización con la publicación de decretos como es el caso de Zacatecas, el cual, después de la publicación de la nueva Ley de Transparencia el 15 de octubre del presente año, posteriormente, en fecha 22 del mismo mes y año, es publicado el Decreto que fija las bases para la liquidación del entonces Instituto Zacatecano de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, mediante el cual, como su nombre lo indica, marca el rumbo a seguir para culminar con el proceso de liquidación, por ejemplo, la persona que haya ocupado el cargo de Comisionada Presidenta previo a la extinción, asume atribuciones de autoridad liquidadora única y exclusivamente para esos efectos.

A su vez, la Secretaría de la Función Pública asume las facultades de órgano interno de control del entonces IZAI a partir de su extinción, así como vigilante en el proceso de extinción en un término de tres meses. Cabe señalar que el organismo autónomo ya había hecho lo propio con respecto al proceso de liquidación en la cual trazó una ruta que debía ser atendida como, por ejemplo, el pago de impuestos y la entrega del avance de gestión, sin embargo, era necesaria la publicación de la nueva Ley para entonces ya con el marco normativo en mano, dar seguimiento puntual.

Como autoridad liquidadora he de señalar que el Decreto obliga a cumplir con XXI  fracciones las cuales he de decir con satisfacción, hemos realizado un gran avance, sin embargo, hay asuntos que deben ser atendidos sobre todo en el tema financiero, como la publicación de los estados financieros posteriores al 15 de junio que fue la última fecha en la que se laboró en el Instituto en el periódico oficial, órgano de gobierno del estado, integrar los libros blancos del proceso de liquidación, presentar ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público la baja de la firma electrónica así como su declaración final de activos, realizar la protocolización de liquidación ante notario, entre otros.

La idea como lo señalé desde su inicio en este proceso es brindar viabilidad a lo que señala la nueva Ley y su decreto y por ende, culminar con transparencia y honradez a lo que alguna vez fue la casa de la rendición de cuentas, los procesos pueden ser tediosos y complicados pero existe la voluntad de las partes en que se transite de una forma adecuada con miras a preservar lo que quedó de este órgano autónomo, una puerta cerrada y la voluntad de cumplir con honestidad.

reproductor
Tik tak zac S.A. de C.V.- De no existir previa autorización por escrito, queda expresamente prohibida la publicación, retransmisión, edición y cualquier otro uso de los contenidos de este portal.