Juicio político de Maribel Villalpando tiene posturas encontradas

Jucopo, posturas encontradas. | Foto: Cortesía.
Jucopo, posturas encontradas. | Foto: Cortesía.

“No se trata de un asunto de género, estamos hablando de un funcionario público, sea hombre o mujer, todos estamos sujetos a la ley independientemente del género en el que nos podamos ubicar”.

ZACATECAS.- En conferencia de prensa de la Junta de Coordinación Política (Jucopo) las y los diputados de diferentes partidos mostraron posturas encontradas en torno a la aprobación del juicio político en contra de Maribel Villalpando, titular de la Secretaría de Educación.

Al respecto, Enrique Laviada, integrante de Movimiento Ciudadano, señaló que el trámite que corresponde al juicio político es que la Jucopo haga una propuesta para la integración de la Comisión Instructora que estaría formada por 3 diputados, que harán una resolución la que se baja al pleno y se resuelve por mayoría simple.

“Esa Comisión Especial Instructora es la que inicia todo el procedimiento de juicio que implica todo lo que un juicio contiene, que haya opiniones de los diputados y de las partes involucradas en el asunto para al final de este juicio tomar una decisión, que puede ser en su caso sancionatoria”.

Las sanciones, dijo, pueden ser una dos o tres, van desde la destitución, inhabilitación o multa, “eso dependerá del pleno en su momento”.

Ante las posturas del gobernador de Zacatecas, David Monreal, quien señaló que el juicio político contra Maribel Villalpando era violencia política de género y además dio a entender que era una cortina de humo, refiriendo que las y los diputados deberían ocuparse en los temas importantes para la entidad, Laviada comentó:

“El Congreso está comprometido con los grandes temas del estado, no estamos atendiendo más que eso, los grandes temas que aquejan a la sociedad zacatecana y uno de ellos es la educación”.

Añadió en el tema que por eso la relevancia del procedimiento referido en contra de la titular de la Secretaría de Educación, Maribel Villalpando.

 “Del congreso no habrá más que respeto hacía la figura del ejecutivo aunque podamos diferir respecto de los temas” también comentó el diputado local.

En cuanto al tema de violencia política de género, dijo;

“no se trata de un asunto de género, estamos hablando de un funcionario público, sea hombre o mujer, todos estamos sujetos a la ley independientemente del género en el que nos podamos ubicar”.

No es cuestión de género; está bajo la ley

Snte el cuestionamiento de lo referido por Arturo Nahle, magistrado presidente del Tribunal Superior de Justicia quien señaló que el juicio político no debería haberse iniciado ya que las leyes indican que la sanción debió ser una multa, Xerardo Ramírez, diputado del Partido del Trabajo, respondió:

El juicio político se rige de acuerdo a la Ley de responsabilidad de Servidores Públicos del Estado y Municipios que en sus artículos 30 y 31 señala que los actos u omisiones de los funcionarios públicos, que es lo que se dictaminó por parte de la comisión, “porque es evidente que hubo una omisión”.

“Esa omisión redunda en perjuicio de los intereses públicos fundamentales o de buen despacho, tales como el incumplimiento a las resoluciones y acuerdos emitidos por la legislatura en función de sus atribuciones”

Añadió que existe una Ley Orgánica de la Administración Pública donde están las funciones específicas de cada uno de los funcionarios de la administración estatal, que tienen una obligación constitucional de rendir cuentas ante la legislatura, “al ser nosotros representantes populares, eso es lo que no han entendido”.

Mientras que Maribel Galván, diputada de Morena comentó que el juicio político es un despropósito y una contraversión al texto constitucional, ya que el artículo 150 de la Constitución local señala los supuestos para que se inicie un juicio político, las que se incluyen en la Ley de los Servidores Públicos que son principalmente faltas graves.

En seguida hizo referencia al artículo 199 del Reglamento Interior del Poder Legislativo que remite a la Ley Orgánica quien refiere que la sanción por no comparecer es de 5 a 500 umas, las que se miden en el momento que ocurrieron los hechos, es decir, en octubre del año anterior.

“Es definitivamente un despropósito fincar un juicio político por esa falta que incluso para una ley general no es considerada grave”.