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¿El SAT puede cobrarme impuestos por transferencias electrónicas?

¿El SAT puede cobrarme impuestos por transferencias electrónicas?

Foto: Cortesía

Los contribuyentes deben tener cuidado a la hora de realizar transferencias electrónicas para evitar problemas con el SAT.

Redacción Zacatecas
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2 de marzo 2022

MÉXICO.- La duda recurrente de todos los contribuyentes que no quieren tener problemas con el Servicio de Administración Tributaria (SAT) es si deben pagar impuestos por las transferencias electrónicas: la respuesta es no.

Pero eso sí, debes tener cuidado con ese tipo de acciones porque el SAT podría considerar que el traspaso de efectivo es un incremento de ingresos.

Y es que el transferir dinero de una cuenta a otra podría considerarse como una “discrepancia fiscal”, misma que es detectada en el incremento del patrimonio.

Si llegas a tener problemas fiscales por realizar transferencias electrónicas debes contar con varios documentos: estados de cuenta, papeles de trabajo, cuenta de donde proviene el depósito, registro de operaciones, equivalencia de los montos entre cuentas y verificación del nulo incremento patrimonial.

Esto te permitirá respaldarte y ayudarte a evitar tener problemas con la autoridad y a que pagues impuestos.

¿Se paga impuestos por depósitos en efectivo?

Los contribuyentes tampoco deberán pagar impuestos al Servicio de Administración Tributaria por las transferencias bancarias y depósitos en efectivo que hagan o reciban.

Pero, si los depósitos o transferencias exceden los 15 mil pesos mensuales, sí deberán realizar el pago del Impuesto a los Depósitos en Efectivo (IDE).

Sin embargo, antes las instituciones bancarias deberán informar a las autoridades sobre los depósitos que rebasen dicha cantidad de dinero.

¿En qué depósitos no se paga el IDE?

  • Los de transferencias electrónicas, traspasos de cuenta, títulos de crédito (cheques, pagarés) o cualquier otro documento o sistema pactado con las instituciones del sistema financiero, aun cuando sean a cargo de la misma institución que los reciba.
  • Depósitos en efectivo que se realicen en las cuentas hasta por un monto que no exceda de 15 mil pesos en cada mes de calendario.
  • Los pagos efectuados que no sean en efectivo, sino a través de depósitos por traspaso o transferencias electrónicas, aun cuando éstos sean mayores de 15 mil pesos.
  • Por las transferencias electrónicas de fondos que hacen los residentes en el extranjero, ya que no se considera un depósito en efectivo.
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