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Opinión

Zacatecas, el primer estado en asestarle un golpe más a la constitución

Zacatecas, el primer estado en asestarle un golpe más a la constitución

Opinión José Antonio Rincón

Los parlamentos son para discutir y deliberar, pero si en horas se aprueba una reforma constitucional, no sé dónde está el parlamentarismo.

José Antonio Rincón
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6 de noviembre 2024

La reforma de supremacía constitucional no es para blindar a la carta magna en aras de preservar la división de poderes, que es lo que la idéntica, sino para prohibir toda posibilidad de impugnación de los actos del ejecutivo.

Un estado constitucional de derecho, sólo puede ser el democrático.

La democracia en esencia significa la participación política de las personas en el ejercicio del poder público, pero no necesariamente producto de elecciones. Si la solución a nuestros grandes y graves problemas fuere elegir a todo funcionario público mediante el voto, que fácil sería. La realidad no es así, aunque el alto poder pretende convencer de lo contrario.

La mal llamada división de poderes, más correctamente poderes con funciones distintas, pero en un mismo nivel, es un diseño que identifica a un estado democrático de derecho, porque funcionan como pesos y contrapesos, lo que de sobra es conocido, como conocido es que la constitución es la ley de leyes.

Y si la constitución es la ley suprema y fundamental,  por  qué aprovechando una mayoría legislativa muy cuestionada se enmienda en porciones que trastocan sus principios fundamentales, sin otro ánimo que ejercer el control total, desbalanceando ese equilibrio y dando una lectura muy conveniente e inexacta del voto mayoritario.

La reforma recién aprobada, llamada supremacía constitucional es un pegote, además de innecesario, maldoso con el ánimo de ejercer control total, al subir a la carta magna la  prohibición para impugnar actos del ejecutivo.

Se instaura pues un régimen autoritario que si algo no quiere que impugnen, nomás lo trepa a la constitución y lo blinda de un examen de constitucionalidad, anulando a un poder que para eso se diseñó.

En las clases de derecho constitucional nos enseñaban que nuestra constitución formaba parte del grupo de cartas rígidas en oposición a flexibles, porque no era fácil reformarlas. Ahora sabemos que no sólo la agruparon en las flexibles sino en las de ágil procedimiento reformatorio. Apenas verá el poder ejecutivo que un acto puede ser revisado por inconstitucional, con su mayoría agachona lo trepa a la carta magna y con eso pretende blindar de toda impugnación, lo que es muestra de que sabe que es inconstitucional.

Bien decía el gran jurista Saldivar Lelo de la Rea cuando oficiaba como ministro en nuestra Suprema Corte, antes de su conversión a la nueva religión, que nada es absoluto y que en la constitución el poder reformador no puede incorporar lo que le venga en gana, en detrimento del equilibrio de poderes.

La ex ministra también convertida, Olga Sánchez Cordero, seguramente ya no puede a cada rato hospitalizarse para evadir su responsabilidad; no cómo votó en esta última reforma, si es que lo hizo.

Si la Suprema Corte ya no puede decir qué va en contra de la constitución, entonces ya no es suprema ni ejerce control constitucional, según la doctrina tejida por siglos, a la cabeza el célebre fallo de la Corte de los Estados Unidos Marbury vs Madison y en nuestro país El amparo Vega del siglo XIX, entre otros precedentes.

La reforma que nombran supremacía, más bien es cambio de control; la supremacía ya no está en la constitución sino en la voluntad política del ejecutivo que a la hora que quiere la reforma y no habrá poder que la revise.

Los parlamentos son para discutir y deliberar, pero si en horas se aprueba una reforma constitucional, no sé dónde está el parlamentarismo.

Qué tristeza y vergüenza que nuestra legislatura más que con prisa, con ansias de aprobar la reforma, para ser el primer estado, sin conocer su contenido ni menos debatirla, diera su aval. Bastaron unos minutos, en lo que los legisladores  se acomodaban en sus curules, cuando a mano alzada la mayoría bendijo la susodicha reforma.

Adición uno: El ministro Pérez Dayán se dobló ante seguramente grandes presiones del tamaño de sus pecados. Adiós Suprema Corte, Adiós. El método preferido de la 4 T.

Adición dos: Otro alcalde más despojado de su inmunidad procesal para que enfrente proceso penal. Este nuevo caso por los indicios de que se habla, trasciende a la fuerza política que postula y a la propia autoridad electoral.

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