Determinancia electoral

Jaime Santoyo Castro.
Jaime Santoyo Castro.

La jornada electoral de ayer, fue señalada previamente como la más importante de la historia por la cantidad de cargos en disputa, y la advertencia de que en algunos casos se avizoraban resultados apretados, lo que conlleva a que los Tribunales. Electorales resuelvan, en función de la existencia o no, durante las campañas, principalmente de … Leer más

La jornada electoral de ayer, fue señalada previamente como la más importante de la historia por la cantidad de cargos en disputa, y la advertencia de que en algunos casos se avizoraban resultados apretados, lo que conlleva a que los Tribunales.

Electorales resuelvan, en función de la existencia o no, durante las campañas, principalmente de circunstancias llamadas determinantes que derivan de causales de nulidad.

La determinancia es el elemento constitutivo de las causales de nulidad de votación, que asociado con el hecho ilícito conduce a la modificación de la votación. Se trata de la existencia de errores, inconsistencias, vicios de procedimiento o irregularidades que lleguen a detectarse en la elección y sean determinantes para el resultado de la votación.

Si el resultado de una elección marca una diferencia entre el primero y segundo lugar de menos de cinco puntos, implica entrar en el estudio de las causales de nulidad de la elección por violaciones graves y dolosas que se consideran determinantes, entre las cuales están: (1) Exceso de gastos de campaña mayor a un cinco por ciento del monto autorizado; (2) Adquirir cobertura informativa, como tiempos de TV o radio al margen de la ley, o (3) Recibir o usar recursos de procedencia ilícita o de las arcas públicas.

Cualquiera de estas causales, en una elección muy cerrada, supone que determinó el resultado de la elección y ello implica fiscalizar el origen y el destino de los recursos utilizados, así como revisar si hubo intervención indebida de funcionarios públicos durante la campaña en favor de un partido o candidato.

Las normas electorales orientan el comportamiento de partidos y candidatos a privilegiar la libertad de decidir, y cualquier circunstancia que altere o influya en la decisión de los votantes, es motivo de sanción. Si se comprueba la existencia de las causales señaladas, la elección podrá ser declarada nula y en consecuencia se convocará a una nueva elección extraordinaria en la que no podrán participar los involucrados.

Hagamos votos porque ello no suceda, y sea la voluntad popular y no los tribunales, los que decidan el resultado de esta elección.




Más noticias


Contenido Patrocinado