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Por segunda ocasión, TRIJEZ anula elección de la capital de Zacatecas

Por segunda ocasión, TRIJEZ anula elección de la capital de Zacatecas

Foto: Cortesía

En el análisis controversial de dicha sesión, los magistrados explicaron que “no existe variación en el porcentaje del ganador, que está 4.58% por encima del cercano competidor”.

Redacción Zacatecas
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19 de agosto 2024

ZACATECAS.- Con dos votos en contra, más el voto de calidad de la magistrada presidenta Gloria Esparza Rodarte, a las 22 horas con 8 minutos de este domingo, el Tribunal de Justicia Electoral del Estado de Zacatecas (TRIJEZ) acordó declarar la nulidad de las elecciones del 2 de junio para la presidencia municipal capitalina.

Asimismo, se revocó la constancia de mayoría relativa y representación proporcional que se entregó a la coalición Fuerza y Corazón por Zacatecas y al candidato Miguel Varela Pinedo.

Del mismo modo, solicitaron a la LXIV (64) Legislatura del Congreso del Estado de Zacatecas que convoque a una nueva elección e informe lo conducente dentro de las próximas 24 horas.

Una vez declarado el quórum necesario para el desarrollo de la sesión, se declararon tres juicios de nulidad electoral de las citadas elecciones dentro de los apartados 11, 36 y 39, promovidos por el PVEM, PAN y Morena en cumplimiento de las ejecutorias correspondientes demandadas por la Sala Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

Debido a ello, se declaró la nulidad de las casillas 1811 y 1819 básicas, a causa de que, en el caso de sus escrutadores, adujeron que la mesa estuvo integrada por ciudadanos que no formaban parte de las personas autorizadas, al no encontrarse en la lista nominal de electores.

En el análisis controversial de dicha sesión, los magistrados explicaron que “no existe variación en el porcentaje del ganador, que está 4.58% por encima del cercano competidor”.

La magistrada Rocío Posadas Ramírez se manifestó contraria a la propuesta del resto de los magistrados que votaron en favor de la nulidad del proceso electoral, “porque no existe certeza en el número de votos entre el primero y el segundo lugar”, entre otros argumentos.

En su momento, el magistrado José Yuén Reyes indicó que se revisaron las 33 casillas en disputa presentadas por el Partido Acción Nacional, acorde con lo dispuesto por la normatividad electoral y en cumplimiento de lo dispuesto por la Sala Monterrey “mediante análisis exhaustivo”, declaró.

La magistrada Gloria Esparza Rodarte explicó que, para la declaratoria de nulidad en ese proceso electoral, se habría violado el principio de separación Iglesia-Estado, además de la equidad en la contienda y la adquisición indebida de tiempo en radio fuera de las pautas asignadas por el INE, entre otros. Por lo tanto, se procedió a revisar las 33 casillas; posteriormente, se hizo la votación correspondiente que, por mayoría, declaró la nulidad en el proceso electoral del pasado 2 de junio para la elección de alcalde y su equipo municipal a la capital del estado.

Trascendió que el Partido Acción Nacional manifestó su desacuerdo al precisar que se omitió el hecho de que la magistrada Gloria Esparza Rodarte y José Ángel Yuén Reyes “se encuentran impedidos de emitir voto alguno a causa de que ambos tienen conflicto de interés en la materia”.

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