Golpea la SCJN las pensiones del ISSSTE

Los jubilados ya no podrán recibir su pensión en salarios mínimos. | Foto: Cortesía.
Los jubilados ya no podrán recibir su pensión en salarios mínimos. | Foto: Cortesía.

Determinan que los montos se cuantifiquen en UMAs.

ZACATECAS.- En una decisión inatacable, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que el tope máximo de las pensiones otorgadas por el Instituto de Seguridad Social y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) se cuantificarse con base en la Unidad de Medida y Actualización (UMA).

Actualmente, el valor de la UMA es de 89.62 pesos diarios (2 mil 724 pesos mensuales), mientras que el del salario mínimo general es de 141. 70 pesos diarios (4 mil 307 pesos mensuales).

En un comunicado, la SCJN indicó que la reforma constitucional de 2016, en materia de desindexación del salario, eliminó el salario mínimo como parámetro para calcular el monto de pago de diversas obligaciones, multas, créditos, y aportaciones de seguridad social.

Asimismo, manifiesta que la finalidad de esta modificación “fue permitir que el salario mínimo pudiera ser incrementado constantemente para recuperar el poder adquisitivo de los trabajadores; ello sin que al mismo tiempo se incrementaran otra serie de conceptos ajenos al salario. La decisión de la Segunda Sala permitirá que continúe la recuperación del salario, sin poner en riesgo los fondos de pensiones”.

Implicaciones para los trabajadores

Sin embargo, diversos conocedores del derecho laboral han alzado la voz y calificado la disposición, cuya sentencia se prevé que se haga pública en unas tres semanas, como violatoria de los derechos humanos.

Además, vulneraría el convenio 102 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y se contrapondría con lo establecido por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), respecto a que todas las pensiones deben tener como referencia el salario.

Argumentan que la UMA se estableció en 2016 para contrarrestar la caída en el valor del salario mínimo y servir de medida en rubros como las multas y recargos y no en ámbitos como el trabajo o la seguridad social.

En otras palabras, de poco servirá que el salario mínimo aumente año con año, si las pensiones no serán calculadas en salarios, sino en UMAs, cuyo valor, aunque también aumenta de forma anual, se mantiene muy por debajo de el del salario.

Salvador Ríos, presidente del Consocio Jurídico Fiscal, expresó que la disposición afecte tanto a los ya pensionados como a los que se vayan a jubilar en el futuro, ya que impactará tanto a los jubilados mediante la ley del ISSSTE anterior como a los de la vigente.

“Lamentablemente el día miércoles 17 de febrero (…) los ministros determinaron con carácter de jurisprudencia, el criterio de que tanto la pensión de jubilación que se encuentra regulada en la anterior ley del ISSSTE, que ya se encuentra abrogada, como la dispuesta en el décimo transitorio de la ley vigente, se cuantifique en UMAs”, expresó.

Afectados en Zacatecas

En este contexto, los afectados en el estado por la futura sentencia de la Corte serán los 35 mil 609 trabajadores activos del estado, así como 16 mil 593 pensionados.

Se trata de los trabajadores de la salud, y de quienes laboran en todas las dependencias del Gobierno Federal, en la Sección 34 del Sindicato nacional de Trabajadores de la Educación (SNTE) y en la Universidad Autónoma de Zacatecas (UAZ)