Establecen nuevas multas de Tránsito

Multas de hasta 7 mil 600 pesos y la obligación de solicitar autorización para las manifestaciones públicas son algunas de las novedades que se establecen en el Reglamento General de la Ley de Tránsito y Vialidad del Estado de Zacatecas, que fue publicado el 5 de julio y entrará en vigor el 5 de septiembre. … Leer más

Multas de hasta 7 mil 600 pesos y la obligación de solicitar autorización para las manifestaciones públicas son algunas de las novedades que se establecen en el Reglamento General de la Ley de Tránsito y Vialidad del Estado de Zacatecas, que fue publicado el 5 de julio y entrará en vigor el 5 de septiembre.

Uriel Márquez Cristerna, coordinador General Jurídico del gobierno estatal, explicó que el objetivo del nuevo reglamento es regular el tránsito de peatones y vehículos en las vías públicas, además de proteger la integridad de las personas y sus bienes y organizar, controlar y vigilar la seguridad vial.

Precisó que multas máximas de 120 cuotas de salario mínimo serán aplicadas por infracciones como conducir en estado de ebriedad o bajo el efecto de narcóticos; conducir sin portar el gafete o si se hace uso indebido del tarjetón de discapacitados, así como por ocupar, negar, impedir u obstaculizar cajones exclusivos y/o rampas para discapacitados.

A dicha sanción también se harán acreedoras las personas con discapacidad que hagan uso indebido del tarjetón y quien viole las medidas de seguridad en: transporte, carga y abastecimiento de materiales, sustancias o residuos tóxicos y peligrosos.

Multas de alcoholímetro
El funcionario estatal también destacó que en esta legislación en el tema de ingestión de bebidas alcohólicas se contemplan multas hasta por conducir con aliento alcohólico.

Según la normatividad, los conductores que sean detectados con un rango de 0.08 a 0.19 miligramos de alcohol en la sangre, equivalentes a una cerveza y media, serán considerados con aliento alcohólico y deberán pagar una multa de cerca de mil 300 pesos.

Asimismo, los conductores que tengan de 0.20 a 0.39 miligramos de alcohol en la sangre se ubicarán en un estado de ebriedad incompleto y se les sancionará con cerca 3 mil 700 pesos, en tanto que los que presenten 0.40 miligramos de la sustancia se les clasificará en estado evidente de ebriedad y pagarán una multa de poco más de 7 mil 200 pesos.

Las manifestaciones
Otro de los temas importantes de este reglamento, destacó Márquez Cristerna, es la regulación de las manifestaciones públicas y para las cuales se deberá pedir autorización a la Dirección de Tránsito con 48 horas de anticipación.

En la solicitud deberá exponerse el motivo, explicar si es pública, lícita y pacífica, señalar el punto de reunión de los convocados y proporcionar los nombres y datos relevantes de los convocantes.

Se establece que la DTTV podrá negar la autorización en caso de que se afectan las vías primarias de comunicación, el derecho de terceros o si se considera que se pondrá en riesgo la tranquilidad y la paz social.

Uso de cinturón
También se contemplan sanciones por más de mil 200 pesos a quienes hagan uso de dispositivos electrónicos mientras conducen o que lleven en el vehículo mascotas u otros objetos que dificulten la conducción.

Y se pondrán multas por la misma cantidad si el conductor o los pasajeros no portan el cinturón de seguridad.

Expresó que las personas con discapacidad podrán obtener descuentos de 50% en el transporte público y taxis.

Imagen Zacatecas – Selene Lamas