Anula el Tribunal Electoral elección en la capital

ZACATECAS.- El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación resolvió anular la elección de la capital zacatecana, por actos anticipados de campaña por parte de Soledad Luévano y su partido Morena; el resolutivo obliga a realizar una nueva elección municipal.  Las faltas; ordenan elecciones extraordinarias  En Sesión Pública, la Sala Regional Monterrey del Tribunal … Leer más

ZACATECAS.- El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación resolvió anular la elección de la capital zacatecana, por actos anticipados de campaña por parte de Soledad Luévano y su partido Morena; el resolutivo obliga a realizar una nueva elección municipal. 

Las faltas; ordenan elecciones extraordinarias 
En Sesión Pública, la Sala Regional Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación resolvió, entre otros asuntos, las impugnaciones promovidas por María Soledad Luévano Cantú, entonces candidata a presidenta municipal en el municipio de Zacatecas y el partido político Morena, en contra de la sentencia emitida por el TRIJEZ.

El Tribunal determinó la anulación de la elección en el ayuntamiento de Zacatecas el pasado 5 de Julio y ordenó elecciones extraordinarias.

Los magistrados regionales argumentaron que del estudio que realizó el TRIJEZ se encontraron plenamente acreditadas dos de las violaciones sustanciales al principio de equidad por parte de Morena y su candidata. 

Primero debido a la participación que María Soledad Luévano Cantú tuvo en una rueda de prensa en la que se presentó como Promotora de la Soberanía Nacional, cometiendo actos anticipados de campaña con lo que obtuvo un posicionamiento indebido a su favor.
 
Y segundo, quedando debidamente comprobado que al difundir propaganda electoral en la que directamente, se promocionó y vinculó el nombre de María Soledad Luévano Cantú con Morena,logró un posicionamiento de su imagen frente al electorado, por lo que dichos actos fueron determinantes para el resultado de los comicios violentando de manera grave el principio de equidad.
 
En ese sentido, los Magistrados de Sala Monterrey consideraron que a pesar de que las restantes faltas administrativas, como la omisión en la entrega del informe de gastos de precampaña no afectaron de manera determinante el principio de equidad en la contienda, subsistieron otras conductas estudiadas por el TRIJEZ que si fueron determinantes por valerse de un plan de promoción anticipada.

Este fue realizado de manera sistemática durante un tiempo importante previo al inicio de campaña, utilizando la conexión entre la candidata y la figura de Promotora de la Soberanía Nacional.
 
Así, el mencionado órgano jurisdiccional federal determinó confirmar la sentencia emitida por el TRIJEZ, al considerar que las violaciones cometidas por la entonces candidata a presidenta municipal en Zacatecas, postulada por Morena, fueron determinantes.

 

Imagen Zacatecas – Redacción




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