IMSS e ISSSTE: ¿Qué cantidad tienen que cobrar los jubilados como aguinaldo?

Aguinaldo correspondiente al 2022. | Foto: Cortesía.
Aguinaldo correspondiente al 2022. | Foto: Cortesía.

Es importante puntualizar que no todos los jubilados y pensionados de ambas instituciones tienen derecho a recibir el aguinaldo.

MÉXICO.- Ya se dio a conocer la fecha en la que será realizado el depósito correspondiente al aguinaldo 2022 para todo los jubilados del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales para los Trabajadores del Estado (ISSSTE).

Sin embargo, aún no ha quedado muy claro quiénes sí pueden recibir esta prestación adicional y cuál es la cantidad de dinero que tienen que cobrar.

¿Qué jubilados del IMSS e ISSSTE sí pueden cobrar el aguinaldo?

Es importante puntualizar que no todos los jubilados y pensionados de ambas instituciones tienen derecho a recibir el aguinaldo.

Por lo que, en el caso del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), los jubilados que sí pueden cobrar aguinaldo son; todos aquellos que se encuentran al amparo de la Ley del Seguro Social de 1973.

El instituto estipula que dicha prestación adicional se entregará en una sola exhibición. La cual, regularmente se deposita a partir del 1 de noviembre junto al pago correspondiente al decimoprimer mes del año.

A su vez, en el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales para los Trabajadores del Estado (ISSSTE); los jubilados que sí reciben aguinaldo son todos aquellos que se pensionaron bajo el Régimen Décimo Transitorio.

Es decir, los que cotizaron hasta antes del 31 de marzo del 2007; la cual entrega esta prestación en dos exhibiciones; la primera de ellas en la primera quincena de noviembre y el resto se deposita en los primeros días del mes de enero de 2023.

¿Qué cantidad tienen que cobrar los jubilados como aguinaldo?

El Instituto Mexicano del Seguir Social (IMSS) establece que el monto del aguinaldo debe equivaler a una mensualidad de la cuantía de la pensión. Es decir, sin considerar el importe por asignaciones familiares ni ayudas asistenciales.

Dicho sea de otro modo, el monto dependerá de la situación de cada trabajador; así como de la cantidad que se estableció al momento de realizar el trámite de su pensión. Cabe mencionar que en el caso de extrabajadores del instituto, el monto corresponde a dos meses.

Por otra parte, el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales para los Trabajadores del Estado (ISSSTE) establece que sus jubilados; podrán cobrar un total de 40 días de su pensión como aguinaldo.

y se divide en dos exhibiciones, es decir, se cobran 20 días en cada depósito; de igual manera, en el caso de extrabajadores del instituto podrán recibir hasta el pago equivalente a dos meses de pensión.

¿Qué otras prestaciones reciben los jubilados del IMSS e ISSSTE?

Además de conservando su derecho al pago del aguinaldo, los pensionados y jubilados del IMSS y del ISSSTE; también tienen derecho a solicitar préstamos ante la institución a la que estén afiliados.

Así como a descuentos en diferentes establecimientos. Se recomienda visitar el portal de ambas instituciones para conocer de manera más detallada qué otros beneficios tienes como pensionado.

Resuelve todas las dudas de pensiones

En caso de tener dudas sobre el funcionamiento del programa, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS); puso a disposición el 800 623 2323, eligiendo la opción 3. El personal de Instituto atenderá todas las dudas de los pensionados.

Además, en el caso del el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales para los Trabajadores del Estado (ISSSTE); se puso a disposición el número 55 5062 0555 o las direcciones electrónicas atención@pensiónissste.gob.mx y [email protected].