La CDHEZ emitió la recomendación 03/2017 a dependencias estatales, luego de acreditar la violación a los derecho humanos de los habitantes de Salaverna, Mazapil, que fueron desalojados, Los hechos se suscitaron el 23 de diciembre del 2016, cuando en un operativo de Protección Civil del estado y de la Secretaría General de Gobierno, apoyado por … Leer más
La CDHEZ emitió la recomendación 03/2017 a dependencias estatales, luego de acreditar la violación a los derecho humanos de los habitantes de Salaverna, Mazapil, que fueron desalojados,
Los hechos se suscitaron el 23 de diciembre del 2016, cuando en un operativo de Protección Civil del estado y de la Secretaría General de Gobierno, apoyado por elementos de las policías Estatal y Ministerial, se desalojaron y demolieron viviendas, la iglesia y la escuela de la comunidad.
La Secretaría General de Gobierno, la Procuraduría General de Justicia del Estado de Zacatecas (PGJEZ) y la Secretaría de Seguridad Pública (SSP) son las instancias que recibieron recomendaciones de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Zacatecas (CDHEZ).
Al respecto, el Gobierno del Estado refrendó su respeto al organismo y anunció que atenderá con puntualidad los puntos relacionados con la PGJEZ y la SSP.
Sin embargo, la Secretaría General de Gobierno del Estado, liderada por Fabiola Gilda Torres, no aceptó la recomendación en la que se observó la actuación de los funcionarios Raquel Ortiz Sifuentes, coordinadora de asesores de la Secretaría y Antonio Caldera Alaníz, director de Protección Civil.
En un comunicado se argumentó “que en el expediente integrado por la CDHEZ no se acredita plenamente la identidad de la quejosa, ni de las seis personas que considera agraviadas, y a quienes solicita se indemnice y se les integre en el registro de víctimas”.
Por ello, las autoridades estatales consideraron que el registro “es improcedente, toda vez que la Ley de Atención a Víctimas no considera el supuesto que contempla la recomendación, ya que no demuestra un interés jurídico del que pueda derivarse la afectación de otros derechos”.
Al respecto, María de la Luz Domínguez, titular del organismo dijo que la situación “será remitida a la sexagésima segunda Legislatura del Estado para que cite a comparecer a la secretaria General de gobierno y dé cuenta al pueblo de Zacatecas los motivos de su negativa a aceptar la recomendación”.
La recomendación emitida el pasado 12 de junio, ya fue aceptada por el procurador Francisco Murillo Ruiseco y del secretario de Seguridad, Ismael Camberos Hernández, en fechas 20 y 26 de junio respectivamente.
Domínguez Campos indicó que luego que la CDHEZ tuvo conocimiento del desalojo, los visitadores se percataron del bloqueo en el acceso principal a la comunidad por elementos de la Policía Ministerial.
Se encontraron con trabajadores de Protección Civil, la Policía Estatal y la coordinadora de asesores; ubicaron una grúa que llevaba muebles y otros enseres domésticos, una camioneta de mudanza y máquinas bulldozer.
“Habitantes nos señalaron que desde las 7 horas se les había bloqueado el acceso a la comunidad y que a algunos se les había entregado un aviso de que si permanecían en el lugar sería bajo responsabilidad personal”.
“Estas personas decidieron quedarse puesto que consideraron que no había una orden de autoridad competente ni justificada para su desalojo y demolición de sus viviendas”, dijo Domínguez, también exdiputada local.
Para completar la investigación, fueron entrevistados pobladores de Salaverna, nueve elementos de la Ministerial, 27 de la Estatal y cinco de PC.
También se analizaron documentales, evidencias gráficas de medios de comunicación y la situación general de la comunidad. Así acreditó la inexistencia de la orden judicial para los bloqueos, el exceso de los servidores públicos y la inexistencia de un riesgo clasificado.
Lo anterior, ya que los estudios de prospección geofísica propuestos por la dirección en 2012 no fueron realizados.
“Del 23 de diciembre del 2016 a la fecha han transcurrido seis meses y 14 días, sin que se haya manifestado una situación de desastre atribuible al riesgo. De ahí que la notificación carezca de fundamentación”.
“Pese a que las autoridades responsables negaron los hechos imputados, hay suficiente evidencia de que su actuación excedió el límite de sus atribuciones legales, vulnerando a los agraviados”, expuso Domínguez.
Son ocho las recomendaciones para la Secretaría General de Gobierno: que la dependencia inscriba al Registro Estatal de Víctimas para que en un plazo máximo de un año se indemnice a los afectados.
Una vez aceptada la recomendación, en un plazo de un mes la dependencia habrá de realizar las gestiones necesarias para que los agraviados reciban tratamiento y atención psicológica posterior a su desplazamiento forzado.
En máximo tres meses, deberá capacitar al personal de Protección Civil en temas de protección y respeto a la legalidad y seguridad jurídica, y en lo relativo a los principios rectores del Desplazamiento Forzado de la ONU. En el mismo plazo, Protección Civil deberá elaborar un diagnóstico científico que especifique las zonas de peligro de Salaverna para contar con la instrumentación adecuada al caso.
Deberá ordenar a quien realice el estudio sobre el impacto del uso de explosivos en la Minera Tayahua, para que especifique la afectación de las detonaciones y su impacto en la superficie.
La sexta recomendación es implementar una campaña de sensibilización en este organismo para que cuando haya afectaciones por actividad minera se priorice el respeto a los derechos humanos y no los intereses económicos particulares.
En 15 días deberían iniciar con las investigaciones administrativas para determinar responsabilidades de los implicados, y en un máximo de tres meses, incluir a los habitantes de Salaverna y Nuevo Salaverna a algún programa de apoyo estatal.
Para la SSP y la PGJEZ, la única recomendación es que en un plazo no mayor a 15 días habites se gire una circular a todos los policías donde se indiquen sus atribuciones en caso de que otra dependencia solicite su apoyo.
Imagen Zacatecas – Karla Padilla