Órgano Interno de Control deberá ser determinado por el propio TRIJEZ

Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. | Foto: Cortesía.
Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. | Foto: Cortesía.

De otra manera, se vulnerarían los principios de autonomía e independencia que reconoce la Constitución.

ZACATECAS.- El día de hoy en la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, se trató el tema de la designación para el titular del Órgano Interno de Control (OIC).

El TEPJF determinó que el juicio, con clave TRIJEZ-JE-1457/2023, era inaplicable, pues establecieron que la solicitud de que la Legislatura Estatal designara al titular del órgano jurisdiccional, no tenía las facultades necesarias.

Se resolvió revocar la convocatoria atendiendo a que es el propio órgano jurisdiccional al que corresponde realizar la designación del titular del OIC del Tribunal Electoral Local.

Pues, de otra manera, se vulnerarían los principios de autonomía e independencia que reconoce la Constitución.

De este modo, la Sala Superior del TEPJF resolvió por unanimidad de votos, declarar la inaplicación de los artículos relacionados con el acto impugnado y dejar sin efectos el acuerdo de la Legislatura Estatal por el que se emitió la convocatoria pública para la designación del OIC.

Asimismo, se ordenó dar vista a la Suprema Corte de Justicia de la Nación respecto de la inaplicación de los artículos locales controvertidos.