Analizan derechos humanos en la impartición de la justicia

Debido al importante nivel de indeterminación en los derechos, es tarea del Poder Judicial contribuir a la determinación del alcalde de los mismos con las decisiones en casos concretos. Omar Parra Vera, abogado de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), afirmó lo anterior en su conferencia magistral Etapas de la ponderación. La plática, convocada … Leer más

Debido al importante nivel de indeterminación en los derechos, es tarea del Poder Judicial contribuir a la determinación del alcalde de los mismos con las decisiones en casos concretos.

Omar Parra Vera, abogado de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), afirmó lo anterior en su conferencia magistral Etapas de la ponderación.

La plática, convocada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), tuvo la finalidad de que los abogados zacatecanos conozcan las etapas de ponderación en tratados internacionales en los que los derechos humanos son parte de su estructura.

Parra Vera también destacó que los derechos humanos deben ser tomados en cuenta al momento de impartir justicia por los jueces y por aquellos que demandan la defensa de derechos.

Al respecto expresó que en la jurisprudencia de la CIDH se pueden encontrar diversas críticas y debates sobre el juicio de personalidad, por lo que reconoció la falta de objetividad en los derechos humanos.

Se refirió a la discusión en torno al juicio de proporcionalidad y el juicio de ponderación, pues en la jurisprudencia de la CIDH se pueden encontrar diversas críticas y debates sobre los votos de los jueces acerca de cómo se ocupa el juicio de proporcionalidad, ya que algunos consideran que ha sido correcto y otros incorrecto, aunque no especificó por qué.

Miguel Ángel Antemate Mendoza, abrogado proyectista y perito de la CIDH, explicó que el examen de proporcionalidad implica un método para la resolución de conflictos con mayor carga argumentativa, que son herramientas como la aplicación de normas para la resolución de conflictos.

No obstante, precisó que dichos mecanismos ya no son aplicables cuando se pretende explicar un choque de principios.

Dijo que según lo que se analiza, habría que determinar los fines explícitos, implícitos o encubiertos, lo cual restringe la calidad del personal, la seguridad colectiva, pública, ciudadana o de seguridad nacional.

Imagen Zacatecas – Yuzmida Tapia