SAT: ¿Qué concepto deberías usar en tu transferencia para evitar problemas?

Foto: Cortesía
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Es importante señalar que el SAT en 2024 monitorea de cerca prácticamente todas las transferencias bancarias.

Realizar transferencias bancarias a través de diversas aplicaciones se ha convertido en una rutina común al efectuar pagos. No obstante, es crucial tener precaución al especificar el concepto de la transferencia para evitar posibles inconvenientes con el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

Te proporcionamos las palabras que puedes emplear al efectuar una transferencia bancaria para prevenir problemas.

¿Qué poner en el concepto de la transferencia?

Cuando realices cualquier transferencia bancaria, es importante emplear palabras específicas en el concepto del pago para evitar complicaciones con el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

  • Ahorro
  • Comida
  • Despensa
  • Deuda
  • Pago
  • Tanda
  • Transporte

Es relevante mencionar que al utilizar estas palabras, al efectuar tus transferencias bancarias, evitarás inconvenientes con el Servicio de Administración Tributaria. De hecho, podrás demostrar que posees una sólida educación financiera.

Monitoreo de Movimientos

Es importante señalar que el SAT en 2024 monitorea de cerca prácticamente todas las transferencias bancarias. En caso de que alguna de ellas genere sospechas, el SAT podría iniciar una investigación para determinar el origen de los fondos.

¿Qué no poner en el concepto de la transferencia?

Es crucial abstenerse de utilizar palabras o frases relacionadas con la evasión de impuestos, lavado de dinero, violencia (armas o tráfico), o sustancias ilegales al realizar transferencias bancarias. Jamás se deben incluir tales conceptos, ni siquiera en tono humorístico.

Los expertos también aconsejan evitar expresiones indirectas como “para mis gustos”, “para mi ex”, “para mi novia”, entre otras, al realizar transferencias bancarias. Es recomendable ser claro y específico en el concepto del pago para evitar posibles malentendidos o problemas con el SAT.

Impuestos

De acuerdo con la normativa del Servicio de Administración Tributaria (SAT), no están sujetos al Impuesto a los Depósitos en Efectivo (IDE) aquellos depósitos en efectivo que se realicen en cuentas por un monto que no supere los 15 mil pesos en cada mes de calendario.

Asimismo, los pagos realizados mediante depósitos por traspaso o transferencias electrónicas, aunque superen los 15 mil pesos, no requieren ser declarados para el IDE, según lo establecido por el SAT.