
El reparto de utilidades es una prestación que las empresas y patrones entregan por ley a los trabajadores o trabajadoras durante los meses de mayo y junio. | Foto: Cortesía.
La compañía está obligada a repartir sus utilidades si sus ganancias rebasan un ingreso anual de 300 mil pesos.
CIUDAD DE MÉXICO.- El reparto de utilidades es una prestación que las empresas y patrones entregan por ley a los trabajadores o trabajadoras durante los meses de mayo y junio.
La compañía está obligada a repartir sus utilidades si sus ganancias rebasan un ingreso anual de 300 mil pesos; pero quedan exentas de realizar el reparto aquellas que tengan menos de un año de funciones o en caso que se elabore un producto novedoso; conforme la Ley del Trabajo.
Sin embargo, para el reparto se toma en cuenta el 10 por ciento de las utilidades netas de la empresa durante el ejercicio fiscal anterior; luego, este se divide en dos partes iguales:
En el 2023 el reparto de utilidades deberá de ser pagado a las empresas entre el 1 de abril al 30 de mayo; mientras que para las personas físicas tendrá que ser cubierto entre el 1 de mayo al 29 de junio; según lo determinado por la Ley Federal de Trabajo.
Por otro lado, en caso de que tu empresa no te pague utilidades y no den explicación alguna del porqué; puedes reclamar ante la Procuraduría Federal del Trabajo (Profedet), la cual solicitará a la compañía exhibir la documentación; para demostrar si tuvo o no utilidades para pagarlas a los trabajadores.
Hay casos donde se presentan irregularidades. En dado caso de que en tu trabajo no te entreguen tus utilidades; tienes como opción los siguientes pasos.
Debes acudir a la Profedet para levantar la queja. Dicha instancia tiene la obligación de atender las quejas y resolverlas en un corto plazo.
A su vez, la otra opción es que demandes ante la Junta de Conciliación y Arbitraje; para efecto de hacer ese reclamo y que se resuelva el caso para que le puedan hacer el pago correspondiente; ya que es una obligación de todos los patrones que hayan generado utilidad hacer ese reparto.
🤝En cualquier relación de trabajo tienes derechos:
💰Salario.
⏰Jornada de trabajo.
📅Día de descanso.
⛱Vacaciones.
💲Aguinaldo, entre otros. pic.twitter.com/DK9cOs7Dqh— Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (@PROFEDET) May 9, 2023
Los días laborados, y todos aquellos en que por disposición de la ley, contrato individual o colectivo de trabajo y del reglamento interior de trabajo, el trabajador perciba su salario aun cuando no labore, tales como:
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