SCJN: La prohibición de cigarros electrónicos es inconstitucional

La prohibición absoluta puede tener fines válidos; para protección a la salud. Sin embargo, no se considera una medida estrictamente necesaria. | Foto: Cortesía
La prohibición absoluta puede tener fines válidos; para protección a la salud. Sin embargo, no se considera una medida estrictamente necesaria. | Foto: Cortesía

Existiendo evidencia científica de que los productos de tabaco generan afectaciones a la salud de consumidores y terceros, no están bajo prohibición absoluta, como los cigarros electrónicos.

CIUDAD DE MÉXICO.- Esta semana, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), ha llegado a la conclusión que el decreto que hasta hoy prohíbe la circulación y venta de cigarros electrónicos en territorio nacional, es una medida totalmente innecesaria e inconstitucional.

La Segunda Sala amparó, por mayoría de tres votos contra dos, a un restaurante del estado de Morelos para que pueda vender estos dispositivos a sus clientes.

En opinión de los ministros de la SCJN, la prohibición absoluta, puede tener fines válidos; para protección a la salud. Sin embargo, no se considera una medida estrictamente necesaria, pues la venta de cigarros electrónicos se puede regular de la misma forma que se hace con el tabaco.

Cigarros electrónicos: no a la prohibición

Una de las razones por las que busca la prohibición de los cigarros electrónicos y similares, es evitar fumadores de tabaco. Por ello, resulta incongruente que las autoridades les den un tratamiento más gravoso a estos aparatos que a la sustancia que ultimadamente buscan evitar, el tabaco.

El ministro de la SCJN, Laynez Potisek, explicó que aun existiendo evidencia científica de que los productos de tabaco generan afectaciones a la salud de consumidores, terceros y el medio ambiente, no están sujetos a un régimen de prohibiciones absolutas, como lo están los cigarros electrónicos.

“Esta cuestión no solo evidencia que las autoridades sí tienen alternativas para cumplir con los fines establecidos sin limitar de manera absoluta la libertad de comercio de quienes se dedican a la venta y distribución de esos productos, sino que además evidencia una incoherencia regulatoria”, señala el proyecto.