Otorgan otras 8 suspensiones contra Ley de Hidrocarburos

Ya suman 14 las medidas cautelares concedidas a empresas.

CIUDAD DE MÉXICO.- El juez Juan Pablo Gómez concedió ocho suspensiones definitivas más contra la aplicación y efectos de la Ley de Hidrocarburos.

Con ello suman 14 las medidas cautelares otorgadas por él y su homólogo Rodrigo de la Peza Figueroa; las cuales tiene efectos generales y protegen a todas las empresas del sector.

Las compañías que obtuvieron las suspensiones son: Servicio Villa de Arista, Petrotal, Cimagas, Centro de Distribución de Autoconsumos de Occidente, Comylub Mexicana, Comylub, Comercializadora Industrial de Hidrocarburos y Tiger Fuel.

La paralización del decreto dijo el juez Segundo de Distrito Especializado en Materia Administrativa, Competencia Económica, Telecomunicaciones y Radiodifusión, no pone en riesgo la seguridad dentro del sector. 

Pue se seguirá aplicando el texto anterior a la reforma, cuyo artículo 57 permitía que tanto Petróleos Mexicanos (Pemex) como las empresas privadas pudieran participar en el manejo y control de las instalaciones que fueran ocupadas, intervenidas o suspendidas.

“Fortalecer a Pemex no justicia desconocer la Constitución”

Asimismo mencionó que fortalecer a Pemex y a sus empresas productivas, para que se conviertan en palanca de desarrollo nacional, no puede ser justificación para desconocer el contenido de la Constitución.

Ya que en ella se establece un modelo orientado a garantizar el ingreso de nuevos participantes. Esto a fin de propiciar el desarrollo eficiente y competitivo de los mercados en beneficio de la población.

De acuerdo con el juez, el estatuto impugnado por las empresas, podría atentar contra la competencia y libre concurrencia. Lo que abonaría a que Pemex retome el papel monopólico que tenía hasta antes de la reforma energética.

Pues la reforma eliminó la posibilidad de que las empresas privadas puedan ser contratadas para manejar y controlar las instalaciones de los permisionarios.

Lo que brinda exclusividad a Pemex y sus subsidiarias sobre este tipo de contrataciones.

Gómez señaló que esto otorga una ventaja competitiva para ciertos participantes del sector. Una circunstancia que vulnera el derecho fundamental de libre competencia económica y concurrencia tutelado por la Constitución.