Concubinos y cónyuges podrían tener derecho a una pensión alimenticia

La Iniciativa propone reformas al artículo 291 quintus del Código Civil para el Distrito Federal.

MÉXICO.- Ernesto Alarcón Jiménez, coordinador del PRI en el Congreso de la Ciudad de México, presentó una iniciativa de reformas legales con el fin de igualar los derechos de las personas concubinas a los que tienen las personas cónyuges, en materia de reclamo de una pensión alimentaria.

La propuesta presentada en el pleno legislativo explica que en el caso divorcio, el derecho de cualquiera de los cónyuges a reclamar pensión alimentaria se extingue. Esto sería cuando el acreedor contraiga nuevas nupcias, se una en concubinato o haya transcurrido un término igual a la duración del matrimonio.

Por su parte agregó el representante por la alcaldía Magdalena Contreras, en el caso del concubinato, el derecho para demandar el pago de pensión alimentaria solo puede ejercitarse durante el año siguiente a la cesación del concubinato.

Por ello, en la Iniciativa propone reformas al artículo 291 quintus del Código Civil para el Distrito Federal, para que quede asentado que:

“el derecho a los alimentos se extingue cuando el acreedor contraiga nuevas nupcias o se una en concubinato o haya transcurrido un término igual a la duración del concubinato”.

La Iniciativa fue turnada para su análisis y dictamen a la Comisión de Administración y Procuración de Justicia.