Cámara de Diputados aprueba reformas a la Ley del IMSS para personas trabajadoras del hogar
Se incluye un capítulo para su definición y se fijan las obligaciones para los empleadores.
MÉXICO.- La Cámara de Diputados aprobó, con 486 votos a favor, ninguno en contra y una abstención, el dictamen a la minuta que reforma diversas disposiciones de la Ley del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), para incluir en dicha ley la definición de personas trabajadoras del hogar y establecer las obligaciones de los empleadores.
El dictamen, remitido al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales, incorpora el capítulo XI al título Segundo de la Ley denominado “De las Personas Trabajadoras del Hogar” en el que se adicionan los artículos 239-A, 239-B, 239-C, 239-D, 239-E, 239-F, 239-G y 239-H, reforma los artículos 5, 227, 228 y deroga el inciso b) de la fracción II del artículo 222; y, la fracción II del artículo 231.
Se establece la definición de la persona trabajadora del hogar como aquella que, de manera remunerada, realice actividades de cuidados, aseo, asistencia o cualquier otra actividad inherente al hogar en el marco de una relación laboral que no aporte para la persona empleadora beneficio económico directo, en cualquiera de las siguientes modalidades: quien trabaje para una o diferentes personas empleadoras y resida o no, en el domicilio donde realice actividades.
Precisa que no se considerará persona trabajadora del hogar a quien lo realice únicamente de forma ocasional o esporádica y quien preste servicios de aseo, asistencia, atención a clientes y otros semejantes, en hoteles, casas de asistencia, restaurantes, fondas, bares, hospitales, sanatorios, colegios, internados y otros establecimientos análogos.
#ÚltimaHora Con 486 votos a favor, 0 en contra y 1 abstención, se aprueba el dictamen por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Seguro Social, en materia de personas trabajadoras del hogar. Pasa al Ejecutivo Federal. pic.twitter.com/B8frZuF9GY
— Cámara de Diputados (@Mx_Diputados) October 27, 2022
Indica que la persona empleadora de la persona trabajadora del hogar tendrá las obligaciones inherentes que establezcan la presente ley y sus reglamentos. Adicionalmente, deberá cumplir: registrarla e inscribirla a la fecha de inicio de la relación laboral, para salvaguardar sus derechos, por los días que labore durante el mes calendario, así como presentar los documentos y datos que el IMSS solicite para tal efecto.
Además, el IMSS calculará la propuesta de cédula de determinación de las cuotas obrero patronales correspondientes, distinguiendo la cuota obrera de la patronal. La persona empleadora no determinará las cuotas obrero patronales y deberá retener la cuota que corresponde por su aseguramiento y enterarla; también está obligada a pagar los importes determinados de las cuotas obrero patronales.
Las reformas también señalan que el aseguramiento de las personas trabajadoras del hogar termina cuando concluya la relación laboral; incapacidades médicas expedidas por el Instituto; las personas que realicen actividades de cuidados, aseo, asistencia o cualquier otra actividad, y que la cotización deberá considerar los días de descanso y vacaciones.
📌 A fin de lograr el acceso universal a la seguridad social, la Cámara de Diputados avaló diversas reformas a la Ley del IMSS para incorporar la figura de personas trabajadoras del hogar y fijar obligaciones para sus empleadores. https://t.co/RPptfBWMtF
— Cámara de Diputados (@Mx_Diputados) October 27, 2022
- Te puede interesar: En Ciudad Juárez, campesinos llevan alimentos a migrantes venezolanos