Registro de deudores alimentarios morosos

Jaime Santoyo Castro.
Jaime Santoyo Castro.

Los alimentos son lo más indispensable que el ser humano necesita para sobrevivir y lograr su desarrollo.

Ante el constante incumplimiento de los obligados a proporcionar alimentos, con el consecuente perjuicio de las niñas, niños y adolescentes de nuestro país, el Senado de la República aprobó por unanimidad hace unos días, un dictamen orientado a reformar la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, para establecer un mecanismo duro, pero seguramente eficaz, que garantizará el cumplimiento oportuno de la obligación alimentaria.

Los alimentos son lo más indispensable que el ser humano necesita para sobrevivir y lograr su desarrollo, y a pesar de esa importancia, el deudor  alimentario incumple de manera reiterada con ese deber; y grave es cuando su incumplimiento deriva de una conducta intencionada.

La obligación alimenticia se traduce en casa, vestido y sustento y en este último se considera la educación, vestuario, asistencia médica, y los elementos básicos para la subsistencia.

Deberá establecerse en toda la República, un Registro de Deudores Alimentarios Morosos, en el que aparecerán los nombres de los incumplidos y de los acreedores. Quien no quiera verse en ese registro, que es público, deberá pagar oportunamente su deuda alimenticia.¡¡¡

Se va a establecer como requisito, la presentación del CERTIFICADO DE NO INSCRIPCIÓN para realizar procedimientos y trámites tales como:

Licencias y permisos para conducir; pasaporte o documento de identidad y de viaje; participar como candidato a cargos de elección popular; participar en procesos de selección para asumir el cargo de personas juzgadoras en el ámbito local y federal; trámites realizados ante notario público relativos a la compra-venta de inmuebles, y en la constitución o transmisión de derechos reales.

De igual manera va a ser necesario presentar el citado certificado en las solicitudes de matrimonio, y si alguno de los solicitantes se encuentra en el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias, el Oficial del Registro Civil lo deberá hacer del conocimiento de los contrayentes.

También se impondrán medidas de restricción migratoria, pues no se va a permitir que los deudores alimentarios morosos salgan del país, o cuando existan los medios de prueba para determinar la existencia de un riesgo importante de que su salida del país se utilice como un medio de evasión del pago de la deuda, como sucede en muchos de los casos en Zacatecas.

Una dura medida, indudablemente, porque implica una sanción social, pero es en beneficio de los menores, que tendrán un desarrollo más adecuado.




Más noticias

Jaime Santoyo Castro
Jaime Santoyo Castro
Jaime Santoyo Castro
Jaime Santoyo Castro
Jaime Santoyo Castro

Contenido Patrocinado