Los derechos reproductivos de las mujeres

Jaime Santoyo Castro.
Jaime Santoyo Castro.

Históricamente las mujeres han luchado ante un mundo conducido por hombres que crearon instituciones jurídicas y normas favorables a su género, asignándoles roles que las ubicaron en espacios domésticos y de cuidado de personas. La Constitución de 1917 estableció que “todo individuo gozará de las garantías que otorga la constitución”, pero fue letra muerta, pues … Leer más

Históricamente las mujeres han luchado ante un mundo conducido por hombres que crearon instituciones jurídicas y normas favorables a su género, asignándoles roles que las ubicaron en espacios domésticos y de cuidado de personas.

La Constitución de 1917 estableció que “todo individuo gozará de las garantías que otorga la constitución”, pero fue letra muerta, pues no se les reconocía el derecho a votar, entre otras muchas inequidades. Los primeros Estados que reconocieron el derecho al voto de la mujer fueron: Yucatán en 1922; San Luis Potosí en 1923 y Chiapas en 1925 y hasta 1953 se reformó al artículo 34 de la Carta Magna para darle plenitud a los derechos políticos de las mujeres, lo que significó el derecho a votar y ser votadas en el ámbito Estatal y Federal, pero en la realidad no se les abrió la puerta tan fácil, hasta ahora que la ley ha impuesto la equidad de género. En 1974 se reformaron algunos artículos de la Constitución: El 4º,  estableció igualdad jurídica de hombres y mujeres ante la ley; el 5º consagró la libertad de “todas las personas” para dedicarse a la profesión, industria, comercio o trabajo que le acomode; el 30º permitió que las mujeres otorgaran el derecho a la nacionalidad mexicana a sus descendientes al contraer matrimonio con extranjeros, y el 123º logró la protección del trabajo de las mujeres durante el embarazo, el descanso a la maternidad y lactancia, etc.

Hoy las mujeres están conquistando el voto y convenciendo cada día de su lugar en la sociedad, derribando obstáculos para acceder al mismo trato, derechos y oportunidades que los hombres, en un avance que ya nadie podrá detener.

La Corte ha declarado inconstitucional la criminalización del aborto, pero además sostiene que no es posible proteger la vida desde el momento de la concepción, afirmando que es cierto que el embrión y el feto deben ser reconocidos como bienes constitucionalmente relevantes, y deben protegerse, pero su protección no puede competir plena e incondicionalmente con la protección de las personas nacidas y por tanto, la protección a la vida desde el momento de la concepción no puede situarse por encima de los derechos reproductivos de las mujeres.




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