El principio de mayor beneficio

Jaime Santoyo Castro.
Jaime Santoyo Castro.

Magistrados y Jueces atienden a este principio, pero hace falta que el beneficio lo conozcan y apliquen en los diversos ámbitos de la administración pública,

El articulo 17 de la Constitución General de la República señala que toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes, emitiendo sus resoluciones de manera pronta, completa e imparcial.

Durante muchos años, los Tribunales ponían mayor énfasis en los aspectos formales o procedimentales y resolvían tomándolos como base, sin entrar en el fondo del asunto, lo que retrasaba, entorpecía y distanciaba a la justicia de sus reales encomiendas, generando una cultura frívola y mecánica que hacía a un lado las exigencias sociales y mandaba un mensaje erróneo de que a la autoridad le importaban más las formas que el fondo. Con el más mínimo error formal, o procesal, rechazaban los asuntos sin ir a la esencia del problema planteado.

A efecto de eliminar esta inaceptable práctica, El 2 de abril de 2013 se publicó en el DOF una importante reforma a la Ley de Amparo, misma que en su artículo 189 estableció que los órganos jurisdiccionales de amparo procederían al estudio de los conceptos de violación atendiendo a su prelación lógica, pero privilegiando en todo momento el principio de mayor beneficio.

De ahí se derivó la adición de un tercer párrafo al artículo 17 constitucional, que señala lo siguiente: “Siempre que no se afecte la igualdad entre las partes, el debido proceso u otros derechos en los juicios o procedimientos seguidos en forma de juicio, las autoridades deberán privilegiar la solución del conflicto sobre los formalismos procedimentales.” Quedó así consagrado en el texto constitucional el principio de mayor beneficio, que sujeta al juzgador a resolver los litigios estudiando, siempre y de manera preferencial, el fondo del asunto.

Eso se ha hecho realidad en la administración de justicia, tanto en el ámbito federal como en el estatal, donde Magistrados y Jueces atienden a este principio del mayor beneficio, pero hace falta que este principio del mayor beneficio lo conozcan y apliquen en los diversos ámbitos de la administración pública, porque hay muchos servidores que con cualquier pretexto, falta de un acento, un punto o una coma, rechazan, detienen, rechazan o entorpecen los trámites y gestiones de la población sin molestarse en ver el asunto planteado, que en ocasiones es de muy fácil y sencilla solución, pero que por falta de sensibilidad no se resuelve.




Más noticias

Jaime Santoyo Castro
Jaime Santoyo Castro
Jaime Santoyo Castro

Contenido Patrocinado