Ilegales, multas por no atender medidas sanitarias: Nahle

Arturo Nahle magistrado presidente del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Zacatecas
Arturo Nahle magistrado presidente del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Zacatecas

Es ilegal multar a las personas que no atiendan las medidas sanitarias para evitar contagios por coronavirus.

Es ilegal multar a las personas que no atiendan las medidas sanitarias para evitar contagios por coronavirus, como lo propuso el Ayuntamiento de Guadalupe, aseguró Arturo Nahle García, magistrado presidente del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Zacatecas (TSJEZ).

De acuerdo con esta medida, el acalde de Guadalupe, Julio Cesar Chávez Padilla buscaba multar con 3 mil pesos a las personas que sea encontradas en las calles realizando actividades no esenciales, como ejercicio, alterando el orden, o consumiendo bebidas alcohólicas, con el objetivo de que las personas se queden en casa.

Sin embargo, Nahle García aclaró que esto es ilegal y violatoria de los derechos humanos de las personas, pues no es correcto aplicar sanciones económicas, ya que algunas de las actividades referidas no están consideradas en el Bando de Policía y Buen Gobierno.

Agregó que si bien ingerir bebidas alcohólicas en la vía pública y alterar el orden, sí están contempladas en la Ley de Ingresos del municipio, la multa no corresponde a los 3 mil pesos que Chávez Padilla pretendía cobrar.

El magistrado dijo que ya se reunió con el presidente municipal para explicarle cuáles conductas sí contempla el Bando de Policía y Buen Gobierno y cuál deberá ser el monto de la multa a aplicar. Con ello, se evitará que la población recurra a un amparo.

“Se puede hacer todo menos lo que la ley expresamente prohíbe, el ocio no está prohibido y eso es lo que el presidente municipal pretendía multar”, comentó.

Dan marcha atrás a las multas Debido a esto, Chávez Padilla se vio obligado a replantear su propuesta, por lo que ahora sólo sancionará con mayor rigor las violaciones a la Ley de Ingresos del Municipio.

En este supuesto se considera a quienes alteren el orden público, la seguridad pública, la salubridad del ambiente y transgreda las disposiciones previstas en la Ley Orgánica del municipio del Estado de Zacatecas, Ley de Justicia Comunitaria del Estado de Zacatecas, Bando de Policía y Gobierno Municipal y demás normativas.

Las multas serán aplicadas de acuerdo con lo dispuesto en la Ley de Ingresos, sin prejuicio de poner a disposición ante la Fiscalía General del Estado de Zacatecas (FGJEZ), a quien flagrantemente cometa alguna conducta establecida en el Código Penal del Estado de Zacatecas o bien, responsabilizarlo mediante una acción de carácter civil.