Vacaciones dignas: Así se aplicarán para empleados con antigüedad laboral

Vacaciones Dignas Así se aplicarán para empleados con antigüedad laboral. | Foto: Cortesía.
Vacaciones Dignas Así se aplicarán para empleados con antigüedad laboral. | Foto: Cortesía.

Las y los trabajadores recibirán la prima vacacional del 25% correspondientes a los días obtenidos como vacación.

CIUDAD DE MÉXICO El Senado de la República aprobó, por unanimidad de 89 votos a favor; reformas a los artículos 76 y 78 de la Ley Federal del Trabajo en materia de “vacaciones dignas”.

Por lo que “Vacaciones dignas”, así se conoce a la reforma que el Senado de la República hizo a la Ley Federal del Trabajo; en la que se amplió de 6 a 12 días el primer periodo vacacional a trabajadores que cumplan el primer año de antigüedad en su empleo.

Un estudio que realizó el Instituto Mexicano para la Competitividad (IMCO), menciona que México es el país que más horas trabaja; pero el menos productivo entre los países miembros de la OCDE.

La Cámara de Diputados, señaló que se aumentarán dos días de vacaciones al año, hasta llegar a 20 días de descanso obligatorio; y a partir del sexto año de antigüedad, se incrementará en dos días por cada cinco años de servicios.

“Vacaciones dignas” ¿Qué pasará con los empleados que ya tienen antigüedad laboral?

Del mismo modo, el incremento de días de vacaciones es aplicable para los trabajadores con base en el número de años de servicio, siempre y cuando el nuevo cálculo beneficie al trabajador.

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Sin embargo, el dictamen establece que el decreto entrará en vigor el 1 de enero de 2023 o al día siguiente de su publicación,;si esta fuera en el 2023.

Mientras que las modificaciones de este decreto serán aplicables a los contratos individuales o colectivos de trabajo vigentes a la fecha de su entrada en vigor. Siempre que resulten más favorables a los derechos de las personas trabajadoras.

¿Cuáles son los beneficios que tienen las y los trabajadores mexicanos con este cambio?

Ricardo Barbosa, presidente de la Comisión Nacional de Asuntos Laborales de la Coparmex, comentó que una vez que sea votada nuevamente por la Cámara de Diputados; deberá ser publicado en el Diario Oficial de la Federación, para que entre en vigor a partir del próximo 1 de enero de 2023.

De tal manera que las y los trabajadores que sean contratados de primer ingreso podrán gozar, tras su primer año laborado, de 12 días de vacaciones.

Las y los empleados que tengan un año, dos años, tres años, cuatro años cumplidos y su consecutivo; y que con la legislación todavía actual tienen derecho a seis, ocho, 10 o 12 días de vacaciones respectivamente. A partir del 1 de enero, sumarán seis días más a los que ya tienen por derecho, es decir, alcanzarían 12, 14, 16 o 18 días por derecho.

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En tanto que, las y los trabajadores recibirán la prima vacacional del 25% correspondientes a los días obtenidos como vacación, es decir, si anteriormente recibía el 25% de seis días, ahora recibirá el 25% de 12 días.

“Esto beneficia tanto a las y los trabajadores de nueva contratación como a quienes tienen varios años en una empresa.

Este es un buen ejemplo de que cuando hay un buen diálogo se beneficia a las personas. El sector de empleadores encabezados por Coparmex desde el primer día estuvimos a favor y apoyamos esta reforma”, expresó Ricardo Barbosa.

No obstante se estima que la nómina de los patrones pueda incrementar en un 3% anual; pero esto no significa un perjuicio, sino que, al contrario.

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“Se dio un paso a un México moderno, pues en el entorno internacional era vergonzoso que tuviéramos un país con tan pocos días de vacaciones“, dijo.

Gracias a esto, se estima que las y los empleados se sentirán más descansados y felices, y su productividad mejorará.

“No lo debemos verlo como un costo, sino como una necesidad para brindarles mejor calidad de vida y mejores condiciones de trabajo para nuestras y nuestros colaboradores”, finalizó.

La reforma aumenta los días de vacaciones para el trabajador:

Antigüedad en el trabajo    Días de asueto:

1 año                                  12 días.

2 años                                14 días.

3 años                                16 días.

4 años                                18 días.

5 años                                20 días.

6 a 10 años                        22 días.

11 a 15 años                       24 días.

16 a 20 años                      26 días.

21 a 25 años                      28 días.

26 a 30 años                     30 días.

31 a 35 años                      32 días.