Debido a la contingencia la ley garantiza pago por un mes a trabajadores

Foto: Cortesía
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Desde el 30 de marzo hasta el 30 de abril, se suspenderán actividades no esenciales en el país, y la Ley Federal de Trabajo obliga a los empleadores a pagar un mes de salario mínimo a sus empleados

CIUDAD DE MÉXICO.- Debido a la contingencia de Covid-19, el Gobierno Federal declaró emergencia sanitaria para todo el país; es por eso que se decidió suspender todas las actividades no esenciales; ante esto miles de trabajadores fueron descansados, pero la Ley Federal de Trabajo contempla que los empleadores están obligados a pagar el salario mínimo por el periodo no mayor a un mes.

Hugo López-Gatell, subsecretario de Salud Federal, declaró que desde el 30 de marzo hasta el 30 de abril, se suspenderán actividades no esenciales; las actividades esenciales son de las ramas médicas, el sector salud, el de seguridad pública, defensa de la soberanía del país, actividades legislativas, además de instituciones de emergencia.

Dentro de los sectores que están involucrados se encuentran la recaudación tributaria; generación de agua potable, energía eléctrica, supermercados, abarrotes, así como la venta de alimentos preparados, servicios funerarios entre otros.

Las actividades no esenciales deberán suspenderse y ante esto la Ley Federal del Trabajo en el artículo 427, fracción VII; estipula que ante la declaración de una emergencia sanitaria emitida por la autoridad correspondiente y la suspensión de labores; el empleador está obligado a pagar el salario, pero en la fracción IV del artículo 429 detalla que solo están obligados a pagar el salario mínimo por un periodo no mayor a un mes.

El abogado litigante, Pablo Duarte, propone que los empleadores y trabajadores negocien convenios de acuerdo; esto basándose en la capacidad económica de cada una de las empresas.

“Lo pueden hacer y yo lo sugiero que lo hagan de esta manera, porque como tal la figura de emergencia sanitaria que propuso el Ejecutivo no está contemplada como tal en la ley; sin embargo, tampoco han declarado la contingencia, entonces la sugerencia es negociar con los trabajadores al estar en un limbo jurídico entre dos supuestos; el que declaró el Ejecutivo y lo que dice la Ley Federal del Trabajo; negociar el mayor número de convenios  posibles de los trabajadores de acuerdo con las capacidades económicas de la empresa”, comentó Duarte.