Nueva versión del CFDI de nómina

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha solicitado a los patrones asegurarse de que el régimen fiscal de sus trabajadores sea “Sueldos y Salarios e Ingresos Asimilados a Salarios”, lo que ha obligado a los patrones a solicitar la Constancia de Situación Fiscal, generando dudas y molestias a patrones y trabajadores. A partir del 1 … Leer más

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha solicitado a los patrones asegurarse de que el régimen fiscal de sus trabajadores sea “Sueldos y Salarios e Ingresos Asimilados a Salarios”, lo que ha obligado a los patrones a solicitar la Constancia de Situación Fiscal, generando dudas y molestias a patrones y trabajadores.

A partir del 1 de enero de 2022 entró en vigor una nueva versión de facturación electrónica, que busca un mejor control de para el Servicio de Administración Tributaria y evitar la evasión de las obligaciones fiscales de los contribuyentes.

Para el caso de quienes pagan nómina debe utilizarse un complemento específico que contiene tanto los datos del trabajador como los datos del pago de la nómina como periodo de pago, conceptos e importes, incluyendo el cálculo de impuestos a retener.

Una de las modificaciones que se realizó a esta nueva versión para el pago de nómina es la obligación de incluir el régimen fiscal del trabajador. Existen diversas modalidades en el régimen fiscal, este se refiere a las actividades por las cuales se perciben ingresos y sobre las que se pagan impuestos. Por ejemplo, una persona moral puede tener un régimen de “Actividad Empresarial” o ser una “Asociación Religiosa” y las personas físicas pueden tributar en: Actividad Empresarial, Arrendamiento, Sueldos y Salarios e Ingresos Asimilados a Salarios, Intereses, Servicios Profesionales, Dividendos e Incorporación Fiscal.

 

En nuestro país tenemos poca cultura fiscal y, hablando de simplificación, el SAT no nos ha facilitado las cosas, como consecuencia, pocas personas contamos con las herramientas para mantener actualizada nuestra información fiscal, como la contraseña o la e-firma, con las cuales la obtención de la constancia es muy sencilla a través de medios electrónicos y sin necesidad de acudir a las oficinas del SAT.

Algunos asalariados, antes recibían o aún reciben ingresos por otros conceptos, por poner un ejemplo, una persona puede tener actividad empresarial y a su vez recibir ingresos por salarios. Esto es perfectamente normal y legal; sin embargo, es posible que su régimen fiscal sólo esté registrado ante el SAT como Actividad Empresarial y se haya omitido registrar el régimen de Salarios. Esta es una de las razones por las que es necesario que los patrones soliciten la Constancia de Situación Fiscal.

 

Las burlas y los memes en las redes sociales han sido frecuentes, donde se hace alusión a que el SAT pide una información que tiene y controla para entregarla al mismo SAT, pareciera un absurdo; sin embargo, ello obligará a corregir omisiones y errores en el régimen fiscal de las personas físicas y a generar una mayor cultura fiscal.

Ojalá el SAT comprenda la imperiosa necesidad de facilitar los trámites fiscales y de promover la cultura fiscal y que todos los trabajadores obtengan en tiempo la referida constancia y no haya contratiempos con el pago de salarios.

 




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