1825 la creación de las Instituciones del Estado de Zacatecas

Eran los inicios de la construcción del estado liberal, democrático y constitucional basado en el federalismo y la división de poderes.

La Gaceta del Supremo Gobierno de México publicaba el 16 de septiembre de 1823, los nombres de los diputados de Zacatecas electos para la diputación provincial de conformidad con la ley promulgada el 17 de junio de 1823, esos fueron: Lic. Domingo Velázquez, Lic. José Miguel Díaz de León, Juan Bautista Martínez, José Francisco Arrieta, José María Herrera, Lic. Ignacio Gutiérrez de Velasco, Dr. Juan José Román, Juan Bautista de la Torre, Pedro Ramírez, Presbítero Mariano Fuentes de la Sierra, Lic. Miguel Laureano Tobar. Suplentes: Domingo del Castillo, Lic. José María García Rojas, Eusebio Gutiérrez de Velasco y Antonio Eugenio Gordoa. La diputación tendría la responsabilidad de emitir la primera Constitución Política del Estado Libre de Zacatecas el 17 de enero del año de 1825 como parte del proceso legislativo de armonización nacional que detono la Constitución Política de 1824, la que estableció en sus primeros párrafos la república representativa popular federal. Con ello definió y creo su régimen político, así como los estados que integran la federación (determinando su territorio), la formación del poder público (Poder Legislativo –Bicamaral-, Poder Ejecutivo y Poder Judicial), y estructuración del gobierno. La nueva nación tuvo el reto de controlar las regiones, fortalecer la hacienda pública, desarrollar las vías de comunicaciones y vertebrar a la sociedad con el gobierno (los únicos que representaban este vínculo eran los diputados al congreso). Eran los inicios de la construcción del estado liberal, democrático y constitucional basado en el federalismo y la división de poderes. Su eje de legitimidad y cohesión social fue el principio de la soberanía popular.

La siguiente fase institucional fue la institucionalización formal y legal de los estados federados mediante su constitución local. Para el caso de Zacatecas, el hito legal y legítimo seria su Constitución Política del Estado Libre de Zacatecas de 1825. La Constitución estableció al estado de Zacatecas como un ente libre e independiente, parte de una federación, con una división política y territorial en doce partidos: Zacatecas, Fresnillo, Sombrerete, Aguascalientes, Juchipila, Nieves, Mazapil, Jerez, Tlaltenango y Villanueva. Esta división sitúa los centros económicos y políticos de los cuales emergieron las elites del nuevo Estado; estableció la ciudadanía a partir de la libertad, los derechos políticos, la propiedad, y la seguridad, así como las formas de adquirir la ciudadanía por nacimiento, residencia y naturalización.

La forma de gobierno y régimen político se proyectó como republicano, representativo, popular federado, dividió el poder en Ejecutivo, Legislativo y Judicial, con ello se crearon las instituciones políticas modernas, que constituían el eje del sistema político local. Ello detono que cada poder se estructurara de manera integral y desplegara otras unidades administrativas para su operatividad. La constitución fundacional del Estado de Zacatecas, su régimen y sistema político simbolizaban la modernidad política y jurídica de la época, sin embargo al igual que la Constitución federal compartían la ausencia de valores cívicos en la mayoría de los ciudadanos. La Constitución local consolido la hegemonía de las elites regionales bajo en una sociedad precaria, analfabeta y dispersa, que seguiría transitando en siglo de inestabilidad, guerra, faccionalismo político, y caudillismo.




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